Autor: Ab. Juan Javier Arroyo

Abogado en libre ejercicio profesional, litigante, investigador y escritor. Me dedico a la defensa de los derechos y comparto conocimientos, jurisprudencia y análisis sobre el derecho.

Instructivo para la obtención de la autorización laboral en el sector público de personas extranjeras

De conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Servicio Público, su Reglamento General y demás normativa legal vigente, las instituciones, entidades y organismos públicos sujetas al ámbito de este instructivo, deberán a través de las Unidades de Administración del Talento Humano – UATH institucionales, o quienes hicieren sus veces, solicitar a la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo la autorización laboral previo al ingreso de personas extranjeras al sector público.

La propiedad intelectual

La protección de la propiedad intelectual es una necesidad que tiene sustento en el desarrollo tecnológico y del conocimiento para beneficio de la humanidad, a saber: Motiva la inversión en nuevas innovaciones; propicia el crecimiento económico con incidencia positiva en la calidad de vida, es decir, nuevos empleos, nuevas industrias; florecimiento de la creatividad en beneficio de todos; y, ayuda al progreso de los países.

Protocolo de prevención y atención casos de violencia contra la mujer en los espacios laborales

Corresponde a las instituciones y entidades del sector público y a los empleadores del sector privado, determinados en el ámbito de este acuerdo, observar, salvaguardar y promover, el goce y ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de los/as servidores/as públicos/as y de los/as trabajadores/as, consagrados por el ordenamiento jurídico ecuatoriano y los instrumentos internacionales de derechos humanos reconocidos por el Estado, para prevenir la discriminación, el acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo, de manera imparcial.

Modelo de contrato prestación de servicios profesionales para capacitación

Entre LA CONTRATANTE y EL CONTRATADO no existe relación laboral o de dependencia alguna, ni, consecuentemente sometimiento al Código del Trabajo y Leyes del Seguro Social Obligatorio. No hay subordinación jurídica ni de ninguna otra especie que pudiera significar relación laboral entre las partes o sus dependientes, puesto que EL CONTRATADO prestará sus servicios profesionales a LA CONTRATANTE de manera libre, independiente y autónoma.

Una historia de plagio de abogados del Bronx — delaJusticia.com

Érase una vez una letrada que se incorporó como pasante en un despacho de abogados y le presentó el borrador de una demanda al titular del despacho, quien tomó dicho borrador como base de la demanda que se presentaría. Pues bien, al igual que en la copla se rompió el amor, se rompió la buena […].

Sustitutos directos e inclusión laboral de personas con discapacidad

Normativa aplicable en el derecho laboral, sustitutos directos e inclusión laboral de personas con discapacidad. Para tal efecto, el amparo de los derechos de este sector vulnerable es consagrado en la Constitución de la República del Ecuador, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP, Ley Orgánica de Discapacidades, Código del Trabajo, Acuerdo No. MDT-2018-0175: Instructivo que regula el porcentaje de inclusión laboral de personas con discapacidad, y Norma para calificación de sustitutos de personas con discapacidad Acuerdo Ministerial 180.

Jurisprudencia de actualidad: Seguridad jurídica en procesos laborales

La Corte descartó una vulneración al derecho a la seguridad jurídica, después de observar que la Sala accionada consideró que el GADM de El Triunfo no canceló los beneficios sociales correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012, verificó que existió despido intempestivo y dispuso el pago de la indemnización y bonificación, de acuerdo a los artículos 188 y 185 del CT.