La sección décima del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) establece el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales. A continuación, se ofrece una interpretación detallada de los artículos relevantes.
Art. 552 – Sujeto activo: Las municipalidades y distritos metropolitanos son los sujetos activos de este impuesto. Abarca a aquellos lugares donde comerciantes, industriales, financieros y aquellos que realizan actividades económicas tienen domicilio o sucursales. Ejemplo: Una municipalidad cobra este impuesto a las empresas con sucursales en su jurisdicción.
Art. 553 – Sujeto pasivo: Las personas naturales, jurídicas y sociedades domiciliadas o con establecimiento en una jurisdicción municipal, que realicen permanentemente actividades económicas y estén obligadas a llevar contabilidad, son sujetos pasivos. Pueden deducirse obligaciones de hasta un año y pasivos contingentes al calcular la base imponible.
EJEMPLO PRÁCTICO: CÁLCULO DEL IMPUESTO DEL 1.5‰ SOBRE ACTIVOS CON DEDUCCIÓN DE OBLIGACIONES Y PASIVOS CONTINGENTES
Sujeto pasivo:
Juan Pérez es propietario de una empresa de tecnología ubicada en el cantón de Quito. Durante el año calendario anterior, la empresa reportó activos totales por un valor de $1,200,000. Juan Pérez lleva contabilidad de acuerdo con las regulaciones de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su Reglamento.
En ese período, la empresa tiene obligaciones pendientes por pagar proveedores que ascienden a $100,000 con un plazo de un año. Además, existe un pasivo contingente asociado a un litigio pendiente, estimado en $50,000.
Cálculo de la base imponible:
- Activos totales: $1,200,000
- Obligaciones deducibles: $100,000 (pasivos a un año)
- Pasivos contingentes: $50,000
Base Imponible = Activos totales – (Obligaciones deducibles + pasivos contingentes)
Base imponible = $1,200,000 – ($100,000 + $50,000) = $1,050,000
Cálculo del impuesto:
Impuesto = Base Imponible × Tasa del 1.5‰
Impuesto = $1,050,000 × 0.0015
Impuesto = $1,575
Declaración y Pago del Impuesto: Juan Pérez debe presentar la declaración del impuesto y realizar el pago correspondiente, que en este caso sería de $1,575. El plazo para el pago es hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del impuesto a la renta. Este ejemplo ilustra el cálculo del impuesto del 1.5‰ sobre activos, considerando la deducción de obligaciones de hasta un año de plazo y pasivos contingentes, conforme a las disposiciones del COOTAD.
Notas Adicionales: Para empresas con actividades en múltiples cantones, la declaración se presenta en el cantón principal, detallando los porcentajes de ingresos en cada cantón. Empresas de exploración y explotación de hidrocarburos siguen disposiciones especiales según la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. Si la actividad de un sujeto pasivo está en una jurisdicción diferente al lugar de su domicilio social, el impuesto se paga en el lugar de la fábrica o planta de producción.
Art. 555 – Plazo para el pago: El impuesto del 1.5 por mil corresponde al activo total del año anterior, y el período financiero va del 1 de enero al 31 de diciembre. El pago se realiza hasta 30 días después de la fecha límite para la declaración del impuesto a la renta.
Interpretación del artículo 60 de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria (LOSPT): Define el domicilio de personas jurídicas y sociedades como indicado en documentos constitutivos. Establece que el establecimiento es registrado como sucursales, agencias o establecimientos permanentes en el Registro Único de Contribuyentes según la información del Servicio de Rentas Internas. Art. 60.- Interpretación de los artículos 547 y 553 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.- Para los efectos de lo señalado en los artículos 547 y 553 de este Código se entenderá por domicilio de las personas jurídicas y de las sociedades nacionales y extranjeras que son sujetos pasivos del impuesto de patentes municipales y metropolitanas, y del 1.5 por mil sobre los activos totales, al señalado en la escritura de constitución de la compañía, sus respectivos estatutos o documentos constitutivos; y por establecimiento, aquel o aquellos que se encuentren registrados como sucursales, agencias y/o establecimientos permanentes en el Registro Único de Contribuyentes, conforme la información reportada por el Servicio de Rentas Internas En el caso de las provincias que pertenecen a la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, se entenderá como domicilio de tributación la jurisdicción que para el efecto señale la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.
La dirección en documentos constitutivos o sucursales registradas determina el domicilio y establecimiento. Esta interpretación aclara las disposiciones del COOTAD y la LOSPT, proporcionando una guía para la aplicación del Impuesto del 1.5 por mil sobre los Activos Totales.
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