Según el Acuerdo Ministerial MDT-2023-085 del Ministerio de Trabajo, las instituciones públicas con más de 20 trabajadores que tengan hijos menores de cinco años deben contar con instalaciones donde los niños puedan recibir cuidado. En caso de que la institución no brinde este servicio, se otorgará a los servidores públicos una compensación mensual de USD 93 por cada hijo para cubrir este gasto.
Para recibir esta compensación, los servidores públicos tendrán que presentar la partida de nacimiento de sus hijos o una providencia emitida por una autoridad competente que certifique que están a su cargo o bajo su patria potestad. También proporcionarán un certificado laboral, en caso de que el cónyuge o conviviente en una unión de hecho legalmente reconocida no esté recibiendo este beneficio en su propia institución.
Además, el Ministerio de Trabajo determina que los servidores públicos presentarán mensualmente el comprobante o factura del centro infantil al que asisten sus hijos. Es importante tener en cuenta que este beneficio finalizará en ciertas circunstancias, como cuando el beneficiario cumpla cinco años, deje de asistir al centro de cuidado infantil sin justificación por más de tres días al mes, se produzca la cesación del servidor en la institución que otorga la compensación monetaria, ocurra el fallecimiento del beneficiario o cuando el servidor a cargo del beneficiario pierda el cuidado o la patria potestad del mismo.
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